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    Portada » TV Azteca obtiene fallo favorable para seguir con su concurso mercantil
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    TV Azteca obtiene fallo favorable para seguir con su concurso mercantil

    RedacciónBy Redacciónjunio 3, 2026No hay comentarios0 Views
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    Una jueza federal resolvió a favor de TV Azteca, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, al desechar una impugnación promovida por uno de los acreedores de la televisora que buscaba frenar su proceso de concurso mercantil.

    Nataly Pérez Hernández, titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles en la Ciudad de México, determinó mantener vigente el procedimiento concursal luego de que un acreedor estadounidense cuestionara las medidas cautelares dictadas dentro del proceso.

    El acreedor argumentó que dichas medidas le causaban un perjuicio, ya que suspendieron el pago de una carta de crédito contingente (Standby Letter of Credit o SBLC, por sus siglas en inglés) y protegieron los activos de la compañía para evitar su venta o disposición durante el concurso mercantil.

    Sin embargo, la juzgadora concluyó que las medidas no eliminan ni desconocen los derechos de los acreedores, sino que buscan preservar las condiciones necesarias para que el proceso de conciliación pueda desarrollarse.

     No pidió que se extingan los derechos de los acreedores contra los garantes, ni que se declare la inexigibilidad de las obligaciones solidarias, sino una medida temporal de suspensión que preserve las condiciones necesarias para que la conciliación sea viable”, señaló Pérez Hernández en su resolución.

    La protección de la empresa, prioridad del concurso

    La jueza subrayó que el objetivo de las medidas cautelares es proteger la viabilidad de la empresa mientras se desarrolla el procedimiento concursal.

    Recordó que la Ley de Concursos Mercantiles considera de interés público la conservación de las empresas por su papel como generadoras de empleo, actividad económica y valor productivo.

     Es de interés público la conservación de las empresas, en razón de lo que significan para un Estado, como entes de generación de empleo que impulsan la circulación de la economía y generan actividad productiva en la sociedad”, señaló la resolución.

    Asimismo, destacó que la legislación otorga al juzgador facultades para adoptar las medidas necesarias que permitan proteger la masa concursal, garantizar la continuidad operativa de la empresa y favorecer una eventual reestructura financiera.

    TV Azteca solicitó el concurso mercantil en marzo

    TV Azteca anunció el pasado 12 de marzo su solicitud voluntaria de concurso mercantil ante las dificultades financieras que enfrenta la compañía.

    La petición fue admitida el 23 de marzo por la jueza Pérez Hernández, quien concluyó que la empresa incurrió en un incumplimiento generalizado de sus obligaciones de pago y que la solicitud cumplía con los requisitos establecidos en la ley.

    Como parte del procedimiento, se ordenó notificar a diversas autoridades, entre ellas la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México.

    También fueron informados el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), en calidad de posibles partes interesadas.

    Hasta un año para negociar con acreedores

    Con la admisión del concurso mercantil, TV Azteca dispone de un periodo de entre seis meses y un año para negociar con sus acreedores una reestructura de sus pasivos y evitar la quiebra.

    Durante ese lapso, los acreedores no podrán ejecutar cobros ni disponer de los bienes de la empresa, mientras que la televisora tampoco podrá vender o transferir activos sin autorización.

    No obstante, la jueza precisó que estas medidas cautelares únicamente aplican a TV Azteca y no se extienden a sus subsidiarias o empresas afiliadas, ya que su propósito es proteger exclusivamente los bienes y derechos de la sociedad que se encuentra sujeta al procedimiento concursal.

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